Entre los servicios que deben prestarse el día de la huelga general están "las situaciones de urgencia, así como todas aquellas situaciones que puedan ocasionar daños irreparables/irreversibles o de difícil reparación, médicamente justificados".
Los servicios mínimos abarcan los centros quirúrgicos de los servicios de urgencias, los servicios de hospitalización de funcionamiento permanente y las hospitalizaciones a domicilio, así como los cuidados paliativos, los cuidados intensivos, la hemodiálisis y los tratamientos oncológicos según prioridad.
También están cubiertos los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo imprescindibles para cumplir el plazo legal de interrupción, así como la extracción de órganos y los trasplantes, y los procedimientos de reproducción médicamente asistida, si la no realización compromete el procedimiento.
También se incluyen en los servicios mínimos la radiología intervencionista con carácter preventivo, el tratamiento de enfermos crónicos con productos biológicos, la administración de fármacos a enfermos crónicos y/o ambulatorios, los servicios de nutrición parenteral urgente y los servicios de inmunohematología vinculados a donantes de sangre.
También formarán parte de los servicios mínimos la continuación de tratamientos como los programas de quimioterapia, radioterapia o medicina nuclear, así como los servicios complementarios indispensables para la realización de estos servicios (medicamentos, pruebas diagnósticas, colectas, esterilización), "en la medida estrictamente necesaria".
También serán servicios mínimos los tratamientos con prescripción diaria en régimen ambulatorio (como curas) y el tratamiento de heridas complejas, así como los servicios relacionados con la lactancia materna.
En cuanto a los trabajadores que deberán prestar servicios mínimos en cada unidad sanitaria, se determinó que deberán ser equivalentes a los programados en domingos y festivos para cada turno (mañana, tarde, noche).
El tribunal arbitral también establece que, para los servicios mínimos, las unidades sanitarias sólo podrán recurrir a los trabajadores que se sumen a la huelga si el número de trabajadores no huelguistas es insuficiente.
"Demasiado amplio"
En esta decisión, el árbitro que representaba a los trabajadores, el abogado Filipe Lamelas, fue superado -es decir, no estuvo de acuerdo con la decisión- por considerar que los servicios mínimos eran demasiado amplios.
Uno de los argumentos de su voto particular es que, dado que los servicios mínimos ya están definidos en el convenio colectivo para los médicos, definir servicios mínimos por encima de los de otros profesionales -especialmente enfermeros y técnicos- los hace inviables en muchos casos.
"En definitiva, en esta sentencia se decretan servicios mínimos para actividades y/o servicios que no van a funcionar porque no existe tal obligación de prestar servicios mínimos para los médicos en dichas actividades y/o servicios", reza el documento disponible en la web del CES.
En cuanto a los trabajadores designados para garantizar los servicios mínimos, Filipe Lamelas también se mostró en desacuerdo, argumentando que existe un Acuerdo de Servicios Mínimos, establecido incluso con la Secretaría General del Ministerio de Salud, que estipula que en una huelga general, los trabajadores son equivalentes sólo a los programados "los domingos, durante el turno de noche, durante el período normal de vacaciones."
"En este sentido, aun cuando el tribunal considerara su obligación pronunciarse sobre los medios necesarios para garantizar la prestación de los servicios mínimos en la huelga general de que se trata -lo que parece discutible-, nunca debería hacerlo en términos distintos a los allí señalados", señaló el árbitro por la parte de los trabajadores.
Los sindicatos CGTP y UGT han decidido convocar una huelga general para el 11 de diciembre, en respuesta al anteproyecto de reforma de la legislación laboral presentado por el Gobierno.
Será la primera huelga que reúna a las dos centrales sindicales desde junio de 2013, cuando Portugal estaba bajo la intervención de la "troika".








