Según una ordenanza publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado y emitida por el Ministerio de Agricultura y Mar, durante la temporada de veda, los buques con licencia para trampas de refugio, trampas jaula o pesca submarina que pretendan suspender las actividades pesqueras deberán notificarlo a la Dirección General de Recursos Naturales, Seguridad y Servicios Marítimos(DGRM).
La pesca del pulpo tiene tres vedas a lo largo del año, la primera comienza el 17 de julio y dura hasta el 15 de agosto, para la zona comprendida entre la frontera norte del país y el paralelo que pasa por el límite sur de la jurisdicción de la Capitanía de Figueira da Foz.
Para la zona comprendida entre el paralelo que pasa por el límite sur de la Capitanía de Figueira da Foz y el límite norte de la jurisdicción de la Capitanía de Sines, la veda es del 16 de agosto al 14 de septiembre.
Al sur de la Capitanía de Sines, el período de veda para la pesca del pulpo es del 15 de septiembre al 14 de octubre.
Durante este periodo, están prohibidas la captura, la conservación a bordo y la descarga para la venta de pulpo común (Octopus vulgaris), y los ejemplares capturados deben devolverse inmediatamente al mar.
Los buques afectados por esta prohibición y que deseen cesar sus actividades pesqueras deberán notificarlo a la DGRM a través del correo electrónico mail.df@dgrm.pt, y sus licencias de pesca quedarán suspendidas durante los 30 días en cuestión.
La ordenanza establece que los buques podrán hacerse a la mar en circunstancias extraordinarias relacionadas con el viaje al astillero, siempre que lo notifiquen a la DGRM al menos tres días antes del inicio del viaje.