Según un comunicado de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, a raíz de estos cambios, las oficinas consulares portuguesas o los centros de solicitud de visados para proveedores de servicios externos(VFS Global/BLSInternational/TLScontact) ya no podrán aceptar solicitudes de visado de búsqueda de trabajo.
"En lugar del visado de búsqueda de trabajo, habrá un visado de búsqueda de trabajo cualificado", pero las solicitudes de visado de búsqueda de trabajo cualificado sólo podrán presentarse cuando "el nuevo tipo esté sujeto a la reglamentación necesaria, de conformidad con las disposiciones de la nueva Ley de Extranjería".
La Ley nº 61/2025, de 22 de octubre de 2025, por la que se aprueba la Ley de Extranjería y se incluyen estas modificaciones, ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado.