El Decreto-Ley n.º 151/2026 establece medidas temporales y extraordinarias destinadas a superar las dificultades encontradas en el ejercicio de las competencias municipales para regular las actividades de alojamiento locales.
El documento señala que los procedimientos municipales relativos al alojamiento local «se vieron afectados por la transición de las administraciones locales tras las elecciones municipales de 2025».
Ante esta situación, «y sin alterar sustancialmente el marco jurídico vigente, es necesario conceder a los municipios un plazo adicional» para que manifiesten su intención de elaborar o modificar sus normativas locales en materia de alojamiento, en los casos en que hubieran alcanzado las mil inscripciones a 31 de diciembre de 2025.
Al mismo tiempo, el Gobierno pretende «garantizar, con carácter excepcional, que los municipios puedan decidir la prórroga de cualquier suspensión actualmente vigente de nuevos registros de alojamientos locales, o imponer una suspensión adicional, limitada en ambos casos al período estrictamente necesario para elaborar o modificar las normativas municipales pertinentes, y que, en cualquier caso, no podrá prolongarse más allá del 31 de diciembre de 2026».
Este régimen excepcional expirará automáticamente tras la entrada en vigor de la normativa municipal o de la modificación de una ya existente, tras una resolución de la asamblea municipal; además, la prórroga o la suspensión de nuevas inscripciones no podrá aplicarse con carácter retroactivo.
Desde octubre de 2024, los municipios están autorizados a adoptar sus propias normas administrativas que definan los «procedimientos y medidas operativas» para los alojamientos locales dentro de sus respectivos territorios.








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